Puente, Pedro de la. Reflexiones sobre el Bando de 25 de Junio Último, Contraídas a lo que Dispone para con los Eclesiásticos Rebeldes, y al Recurso que en Solicitud de su Revocación Dirigieron, en 6 de Julio a este Illmo. Cabildo, Varios Clérigos y Cinco Religiosos de México. México: Imprenta de Doña María Fernández Jáuregui, 1812.
8o. marquilla, 3 h. + 243 p. + 2 h. Contiene reproducción del bando del 25 de junio de 1812. Pastas y lomo gastados, cajos anterior y posterior quebrados en parte inferior. Portada sin punta superior. Encuadernado en pasta dura, lomo en piel.
Palau: 240586. Medina: 10805.
Publicación realizada en respuesta, casi inmediata, al bando del Virrey Venegas del 25 de junio de 1812. Dicho bando declaraba reos de la jurisdicción militar a cuantos hubiesen hecho o hicieren resistencia a las tropas del Rey y anunciaba la imposición de la pena de muerte a todos los jefes o cabecillas insurgentes; sin embargo su disposición más impactante la contenía en su artículo 10: "Los eclesiásticos que fueren aprehendidos con las armas en la mano haciendo uso de ellas contra las del Rey o agavillando gentes para sostener la rebelión y trastornar la Constitución del Estado, serán juzgados y executados del mismo modo y por el mismo orden que los legos, sin necesidad de precedente degradación".
Lo anterior significó la privación del fuero correspondiente a los eclesiásticos partidarios del movimiento insurgente, tema que causó una gran controversia. Inclusive, Fernández de Lizardi, fue brevemente encarcelado por atacar al bando en su número 9 de su publicación "El Pensador Mexicano". El argumento del Virrey para formar dicho bando era práctico y preciso, como lo declara en el mismo: "…contener y escarmentar por medio de la fuerza y el rigor, a los cabecillas que fomentan la escandalosa e injusta Sublevación del Reyno, y con particularidad a los eclesiásticos que la inflaman o fomentan, ó toman partido en ella…".
El enfoque del Virrey Venegas era bien fundamentado, puesto que el aprecio que muchos de los novohispanos tenían a sus sacerdotes, originó que estos se convirtieran en indiscutibles líderes morales. Cuando algunos de ellos se convencieron de la justicia o la conveniencia de la insurrección y se declararon en rebeldía, muchos de sus feligreses no vacilaron en seguirlos.
El propio Ignacio Allende declararía que él insistió en tener como cabeza de la rebelión a un sacerdote, de modo que la gente, al ser invitada a levantarse en armas, sintiese la protección divina. Esto, en la versión de Allende, explicaría la invitación hecha a Hidalgo para sumarse a la conjura.
Esta obra se compone de los comentarios de Puente, Oidor de la Audiencia de México y Superintendente de la Policía, sobre las consecuencias del decreto y la condición de franca revolución del país. Incluye también las protestas de varios clérigos. Él impacto del decreto en sí fue amplio aunque poco sirvió como detrimento para las nuevas olas de insurgentes. Bajo sus estatutos fueron privados de sus fueros y ejecutados José María Morelos y Mariano Matamoros, por mencionar a los más insignes.
Obra muy escasa y fundamental para la historia de la independencia de México.