Two ways to bid:
Price | Bid Increment |
---|---|
$100 | $100 |
$2,000 | $200 |
$5,000 | $500 |
$10,000 | $1,000 |
Feb 21, 2025
Diominisia Rueda Camilo, San Andrés de Tupicocha, Huarochirí, 1945 - 2023
En San Andrés de Tupicocha, Huarochirí, se conserva una técnica precolombina para desarrollar cestería a partir de la especie furcraea andina o casca, por su nombre local. Las hojas de esta planta se cortan y aplastan mediante un batán hasta retirar la pulpa y extraer la nervadura que, luego, se seca, hila y tiñe. Con esta fibra y con la técnica de "anillado y torcido", usando las manos como única herramienta, las mujeres tejen cestos para distintos usos. Los conocimientos y prácticas asociados al tejido y uso de estas shicras fueron declarados por el Ministerio de Cultura, en el 2018, como Patrimonio Cultural de la Nación.
Fibra de maguey hilada, teñida y tejida a mano
54 x 46 cm (sin asa)
ENTREGA DE LA OBRA 1. Una vez se haya realizado el pago total de la obra, el titular podrá retirarla de las instalaciones del MALI, a su costo y riesgo. 2. El MALI podrá sugerir empresas especializadas en transporte de obras de arte, sin responsabilidad alguna. INFORMACIÓN RESPECTO DE OBRAS NO EXPORTABLES 1. El MALI informa en las subastas las obras que no pueden ser exportadas etiquetadas como “Lote No exportable” por su condición de pertenecientes al Patrimonio Cultural. Sin embargo, dicha información es referencial, siendo que es obligación de cada comprador realizar las consultas respectivas en el Ministerio de Cultura. 2. El MALI no se hace responsable del envío de la obra a un país extranjero, en lo que respecta a traslado, seguro y flete necesario para que la obra llegue a su destino final. LEGISLACIÓN APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 1. El Contrato se sujeta íntegramente a las leyes de la República del Perú. Las Partes acuerdan que toda discrepancia o divergencia que pudiera surgir derivada del Contrato firmado, incluidas las relativas a su interpretación, ejecución, validez o eficacia, deberá ser resuelta de manera amigable. 2. En caso que la discrepancia o divergencia subsistiese, ésta será resuelta por los jueces y tribunales del cercado de Lima, renunciando expresamente las Partes a cualquier otro fuero que pudiese corresponderles.